LOGO CL COMPLETO DEFINITIVO FONDO BLANCO

 

CONDICIONES DE COMPRA:

  1. Se realizará siempre previo proyecto de honorarios ante cualquier otro concepto no contemplado en la presente iguala, que se minutará aparte. En cualquier caso, si por cualquier circunstancia no pudiera confeccionarse, la tarifa hora regular del despacho es de 160€/hora.
  2. Cuando se rebasen los límites de la iguala o el tiempo dedicado sea superior al previsto se informará al cliente a fin de adecuar la iguala o realizar una minuta adicional compensatoria.
  3. En lo no previsto se aplicarán nuestras tarifas, que coinciden con las orientativas del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona edición 2010, y en lo no previsto edición 2005.
  4. Los honorarios se revisarían teniendo en cuenta la variación del I.P.C. Cataluña Sector Servicios incrementado en dos puntos, el volumen de consultas planteadas y el número de trabajadores de la empresa, estableciéndose el presente ofrecimiento por un período anual renovable. En función del volumen y dificultad del trabajo encargado podemos considerar un incremento anual de hasta IPC más 3 puntos.
  5. El despacho no se hará cargo de los suplidos en el caso de que no se hubiese efectuado previamente la provisión de fondos para el pago de los mismos. Asimismo los gastos generados por mensajeros, fotocopias, teléfono, dietas y transportes, colaboradores externos, traductores, etc., que no estén incluidos en los honorarios se minutarán aparte.
  6. La devolución bancaria por cuota impagada generará un cargo adicional por gestión de impago de 5€ por recibo.
  7. Los honorarios serán modificados en el caso de que el cliente añadiese nuevas actuaciones o nuevos servicios profesionales no previstos inicialmente. Cualquier cambio, revisión o rectificación se minutará de forma adicional.
  8. El despacho se reserva el derecho de interrumpir el trabajo encargado, en el caso de que el cliente no abonara los importes de la iguala, así como si tuviera deudas pendientes, respetando la legislación y las normas deontológicas aplicables.
  9. Se custodiará la documentación física relativa a un determinado asunto hasta la finalización del mismo o hasta que cese la representación jurídica. Posteriormente se podrá devolver la documentación física al cliente si lo requiere inmediatamente después de la resolución contractual. De lo contrario, en caso de no recibir requerimiento fehaciente se procederá en el plazo de un mes a su destrucción, salvo que el cliente contrate con este despacho una iguala específica de guarda y custodia de documentación.
  10. Para el caso que el cliente nos encargue gestionar su buzón electrónico, es el cliente quien debe tenerlo configurado para recibir las notificaciones, asumiendo toda la responsabilidad en cuanto al contenido y plazo de sus notificaciones.
  11. En caso de confiarnos el certificado digital el cliente autoriza a Conesa Legal a ceder el mismo, así como la contraseña, a empresas que sean plataformas de gestión de certificados digitales a fin de cumplir con una mayor protección de datos y seguridad digital en la gestión del mismo.
  12. En el caso que hubiera cuotas impagadas el despacho no tiene por qué tener elaborada la contabilidad u otros trabajos relacionados con los impagos. Ninguna documentación podrá pues exigirse al despacho.
  13. En el caso que no hubiera un ejercicio completo de permanencia con este despacho no existirá obligación de confeccionar al cliente impuestos, resúmenes o cuentas, anuales, a menos que no haya pactado expresamente. Asimismo, en caso de darse de alta como cliente con Conesa Legal se obliga a proporcionar toda la información de todas las declaraciones presentadas en el ejercicio anterior y vigente, así como las declaraciones pendientes de presentar, eximiendo de responsabilidad a Conesa Legal en caso que esa información fuera incompleta.
  14. El cliente se obliga a entregar la documentación contable mensualmente y la necesaria para la confección de declaraciones con un antelación mínima de 10 días a la fecha límite, obligándose a revisar todos los impuestos que confeccione el despacho con carácter previo a su presentación. Sólo se entenderá error del despacho cuando se haya cumplido ese plazo. Y se obliga a proporcionar correctamente la información necesaria a tiempo liberando a Conesa Legal de posteriores cambios que pudieran dar lugar a cambios en la declaraciones a presentar. El despacho pues no se hará cargo en ningún caso de ninguna sanción, liquidación complementaria o recargo en la que Hacienda considere que existe ánimo de defraudar del contribuyente, y sólo con resolución firme el despacho comunicará a su póliza de responsabilidad civil si de acuerdo con la presente cláusula debe hacer frente a esa responsabilidad. En el caso que exista obligación de realizar declaraciones mensuales o suministro inmediato de información (SII) el cliente se obliga a proporcionar toda la información a Conesa Legal el siguiente día de la emisión en caso de facturas emitidas y entro los 10 días de la recepción por las facturas recibidas, liberando a Conesa Legal de los errores que se cometan en caso de retrasar esa información provocando situaciones de urgencia en las declaraciones de impuestos. Las horas extraordinarias que sean necesarias realizar por incumplimiento de esta cláusula darán lugar a que la cuota inicial pactada se incremente entre un 5% y un 15% en cada renovación o a que emitamos una factura adicional acorde a nuestra tarifa hora.
  15. El cliente se obliga a proporcionar información veraz y legal a Conesa Legal por lo que exime a Conesa Legal de toda irregularidad contable o fiscal que comenta o quiera cometer el cliente. Ambas partes entienden pues que Conesa Legal presenta las liquidaciones de impuestos con la información que le proporciona el cliente, en el formato de archivo que Conesa Legal le requiera,  y con la antelación indicada y, salvo que Conesa Legal se encuentre en la obligación legal de informar a las autoridades de la comisión de un delito y así pueda identificarlo sin ningún género de dudas, nos limitamos a tramitar a gestionar la liquidación que el cliente decide presentar y es el cliente quien asume las consecuencias de tales declaraciones. Todo ello sin perjuicio que Conesa Legal advierta y avise al cliente de los posibles errores en que incurra el cliente.
  16. Conesa Legal presentará la documentación en plazo, por lo que el cliente se obliga a revisar los modelos y declaraciones a presentar ante la administración antes que finalice el término de presentación, y asume la responsabilidad en caso de no reclamar los documentos cumplimentados a Conesa Legal antes que finalice el plazo de presentación.  
  17. Estas condiciones no impedirán que se puedan acordar nuevas condiciones específicas en el encargo profesional, previa comunicación al cliente.
  18. De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo, le informamos que sus datos se hallan incorporados a un fichero titularidad de Conesa Legal, con la finalidad de facilitar la confección del mismo y enviarle información comercial sobre los servicios que puedan estar vinculados. Sus datos se conservarán por un plazo de 2 años contados a partir de la fecha del presupuesto. En cualquier momento, usted puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitar el tratamiento de sus datos, o directamente oponerse al tratamiento, o ejercer el derecho a la portabilidad de los mismos. Todo ello, mediante escrito, acompañado de copia de documento oficial que le identifique, dirigido al Responsable del fichero. En caso de disconformidad con el tratamiento, también tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Responsable: Conesa Legal Diagonal, 467 6º1ª, 08036-Barcelona.
  19. El cliente autoriza a Conesa Legal ante cualquier Administración Pública a presentar sus declaraciones y liquidaciones fiscales y/o tributarias, o cualquier documentación necesaria para atender asuntos de carácter laboral y social, o todo lo necesario para dar cumplimiento a las obligaciones contables, de seguros y gestiones del ámbito de asesoría. Asimismo, le autoriza a:
    1. Remitir la documentación a la Administración por cualquier procedimiento autorizado, incluso telemático. Recibir notificaciones y tramitar altas y bajas de Hacienda y Seguridad Social.
    2. Descargar el certificado digital (firma electrónica) para el uso en su representación. Actuar como representante ante la AEAT para la presentación de documentación referida
    3. Tratar sus datos personales en ficheros responsabilidad de Conesa Legal de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (GDPR), con el fin de ofrecerles el servicio de asesoría estipulado en este acuerdo. Estos datos serán tratados con carácter confidencial, se conservarán mientras este acuerdo esté vigente y no se comunicarán a terceros salvo obligación legal. A tal efecto, se le informa de que podrá retirar el consentimiento en cualquier momento y ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos, y los de limitación y oposición al tratamiento dirigiéndose a Conesa Legal, S.LP.U.., AV DIAGONAL, 467 6º 1ª - 08036 BARCELONA (Barcelona). Email: josep.conesa@conesalegal.com. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, podrá presentar una reclamación ante la Autoridad de control en www.aepd.es.
  20. El presente acuerdo permanecerá en vigor hasta que no le sea comunicada a Conesa Legal su revocación por escrito.
  21. Los profesionales de este despacho tratarán con las personas que la empresa designe expresa o tácitamente, por lo que eximimos toda responsabilidad en el intercambio de comunicaciones si la empresa incluye terceras personas en la relación profesional entre Conesa Legal y el cliente ya sea por el uso de CC, o por cualquier otra circunstancia que no dependa de Conesa Legal.
  22. El  cliente se  obliga  a  no  contratar  a  ninguno  de  los  profesionales o empleados que estén dados de alta y desempeñando  las  funciones  propias  de  asesoría o abogacía durante la vigencia del presente contrato  hasta  un  período  de  nueve meses  posteriores  a  la finalización del encargo profesional. El incumplimiento de esta cláusula comportará una indemnización que como mínimo será el doce meses de salario bruto anual del empleado involucrado.